La adopción de un bebé o un niño es un proceso legal donde queda un registro formal de la creación de un vínculo de parentesco entre dos personas. Por lo tanto siempre existe un legajo de adopción en el que se encuentran detallados los datos de su origen biológico.
La apropiación (también llamada «sustitución de identidad») es muchas veces llamada «adopción» para quitarle la parte negativa de la apropiación. Y fue durante muchos años una práctica socialmente aceptada.
Un niño apropiado es aquel registrado ante el estado como hijo biológico de sus padres de crianza, dándose como resultado la sustitución de su identidad.
Estamos comprometidos con el derecho a la identidad biológica y proporcionamos ayuda para encontrarla ofreciendo una base de datos donde centralizar las información, ayuda con la gestión de documentación (partidas de nacimiento) y asesoramiento para exámenes de ADN.
De acuerdo con la Organización de Estados Americanos (OEA), el derecho a la identidad «es consustancial a los atributos y a la dignidad humana. Es en consecuencia un derecho humano fundamental oponible erga omnes como expresión de un interés colectivo de la Comunidad Internacional en su Conjunto que no admite derogación ni suspensión en los casos previstos por la Convención Americana sobre Derechos Humanos».